Normativa

Reformas de pensiones en 2023

El RDL 2/2023 cierra la reforma estructural: amplía derechos, consolida el MEI, introduce la cuota de solidaridad y reduce la brecha de género. Revalorización del 8,5 %.

Actualizado 30 de abril de 2026
Revalorización general8,5 %RD 1058/2022 + complementos

Contexto y narrativa

Norma principal: Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo

El año 2023 concentra la pieza estructural más relevante de la reforma de pensiones de la última década. El Real Decreto-ley 2/2023 consolidó el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, introdujo la cuota de solidaridad sobre salarios altos, reorientó el complemento para la reducción de la brecha de género y aplazó —con calendario propio— la entrada en vigor del cálculo dual de la base reguladora hasta 2026. La revalorización general del año fue del 8,5 %, la más alta en décadas, fruto del IPC del periodo previo.

Contexto previo

La reforma de 2021 (Ley 21/2021) había recuperado la revalorización por IPC y derogado el factor de sostenibilidad. Quedaba pendiente cerrar la segunda fase del compromiso adquirido por España con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: medidas que aseguraran la sostenibilidad financiera del sistema en el medio y largo plazo, en un contexto de envejecimiento demográfico y entrada masiva en jubilación de las cohortes nacidas en los años 60.

A inicios de 2023, la inflación de los dos años previos había desplazado al alza los ingresos por cotizaciones (vía revalorización de bases) y el gasto en pensiones (vía revalorización al IPC). La reforma se discutió en el Pacto de Toledo y se aprobó por Real Decreto-ley en marzo, ratificada después por el Congreso.

Qué cambió en 2023

Revalorización general del 8,5 %

Las pensiones contributivas y de Clases Pasivas se actualizaron el 1 de enero de 2023 con una subida del 8,5 %, aplicando la fórmula del IPC interanual previa a diciembre de 2022. Las mínimas y no contributivas recibieron subidas adicionales por encima de esa cifra, en línea con el compromiso de aproximarlas al 60 % de la renta mediana y al 75 % del umbral de pobreza.

MEI consolidado

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, ya en vigor desde enero de 2023 con un tipo del 0,6 %, fue ratificado y dotado de calendario propio: subidas progresivas hasta 2029, con cláusula de revisión trianual en función de las proyecciones de gasto. El destino de los ingresos del MEI es el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Cuota de solidaridad sobre salarios altos

El RDL 2/2023 introdujo una cuota de solidaridad sobre la parte del salario que supera la base máxima de cotización. Hasta 2023 esa parte de salario quedaba fuera del sistema; con la reforma se grava aunque no genera derechos adicionales para el trabajador. El tipo se aplica de forma progresiva por tramos sobre el exceso, con calendario de subida hasta 2045.

Esta cuota se diseñó como medida de equidad: los salarios más altos contribuyen al sostenimiento del sistema sin elevar la pensión máxima individual, que ya está topada por norma.

Pensión máxima: incremento adicional progresivo

La pensión máxima del sistema, que se revaloriza cada año al mismo ritmo que las contributivas, recibió en 2023 un incremento adicional anual progresivo establecido en el propio RDL. Ese suplemento, sostenido durante varias décadas, busca destensar el techo de las pensiones públicas y dejar espacio a futuras bases máximas de cotización más altas sin que la pensión máxima quede excesivamente comprimida.

Reducción de la brecha de género

El RDL 2/2023 amplió el complemento para la reducción de la brecha de género (en vigor desde 2021), reforzando su cuantía y los supuestos cubiertos. La medida sustituye al antiguo complemento por maternidad, declarado discriminatorio por el TJUE en 2019, y se concede a quienes acrediten haber tenido hijos y reúnan los requisitos del artículo 60 de la LGSS.

Cálculo dual diferido a 2026

El RDL anunció el nuevo método de cálculo de la base reguladora —29 años, descarte de los 24 peores meses, comparación con la fórmula de 25 años y aplicación de la más favorable— pero diferido al 1 de enero de 2026, con calendario gradual de despliegue hasta 2044.

Cómo afectó al cálculo

  • Pensionistas existentes: subida del 8,5 % en pensión y subidas adicionales en mínimas/no contributivas.
  • Trabajadores en activo: cotizaciones con MEI; los salarios por encima de la base máxima, con cuota de solidaridad.
  • Solicitudes de jubilación en 2023: cálculo de base reguladora con el modelo de 25 años; el modelo dual entraría tres años después.

Impacto esperado

La AIReF, en su informe sobre la reforma, estimó que el conjunto de medidas eleva el gasto en pensiones a medio y largo plazo respecto al escenario sin reforma, pero que ese aumento queda compensado por la mayor recaudación derivada del MEI, la cuota de solidaridad y el destope progresivo de bases. La sostenibilidad final depende del comportamiento del empleo y los salarios y de la activación de la cláusula de cierre trianual prevista en el propio RDL.

La Comisión Europea validó la reforma como cumplimiento del hito correspondiente del PRTR, lo que liberó el desembolso del cuarto pago.

En resumen

  • Revalorización general del 8,5 % en 2023, la mayor en décadas.
  • RDL 2/2023 consolida MEI, introduce cuota de solidaridad y refuerza brecha de género.
  • Pensión máxima con incremento adicional anual progresivo durante varias décadas.
  • Mínimas y no contributivas con subida extra y senda hacia 60 % renta mediana / 75 % umbral pobreza.
  • Cálculo dual de la base reguladora aprobado pero diferido a 2026.

Fuente

  • Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones — BOE-A-2023-6967.
  • AIReF, "Opinión sobre la reforma del sistema público de pensiones" (2023).
  • Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia — Componente 30.