Análisis

Sostenibilidad: el debate de los baby-boomers

Demografía, ratio de dependencia, MEI y cuota de solidaridad: cómo encara el sistema español de pensiones la entrada en jubilación del baby-boom.

Publicado 30 de abril de 2026

Cuando se habla de sostenibilidad del sistema de pensiones en España, casi todo el debate orbita alrededor del baby-boom: las cohortes nacidas, en sentido amplio, entre 1958 y 1977, que están entrando en jubilación entre 2025 y 2050. La cuestión no es si el sistema "quiebra" o no —es un sistema de reparto público respaldado por la capacidad recaudatoria del Estado, no se "quiebra" como un fondo privado—, sino qué combinación de ingresos, gasto y ajustes paramétricos sostiene su equilibrio actuarial en las próximas décadas.

Este artículo presenta los hechos demográficos, los principales mecanismos de ajuste actualmente vigentes y las posiciones documentadas de los organismos técnicos. No toma partido. Su objetivo es que cualquier lector pueda ubicar las cifras del debate.

El hecho demográfico básico

En España nacieron en 1976 675.994 niños, máximo histórico de la serie reciente del INE. Es la cohorte que cumple 50 años en 2026 y que entrará gradualmente en edad de jubilación a partir de finales de la próxima década. Las cohortes inmediatamente anteriores (nacidas a finales de los sesenta y primeros setenta) ya están en plena edad de pre-jubilación; las inmediatamente posteriores empezarán a llegar en los cuarenta del próximo siglo.

El indicador más utilizado para captar la presión es el ratio de dependencia de mayores: cociente entre la población mayor de 65 años y la población en edad de trabajar (15-64 años). Eurostat lo publica con el código tps00198. La proyección de la Comisión Europea en su 2024 Ageing Report sitúa a España entre los países UE con mayor incremento del ratio entre 2025 y 2050. La comparación con Italia, Francia y Alemania muestra cómo cada país encara la misma rampa con instrumentos distintos.

Tres puntos a retener:

  • La transición no es un "shock" instantáneo: es una rampa de 25 años.
  • El pico de presión coincide con la salida activa del mercado de las cohortes 1965-1977 y con la mortalidad efectiva de las cohortes anteriores.
  • A partir de 2050, las cohortes que entran en jubilación son menos numerosas (descenso de natalidad de los noventa), por lo que la presión se atenúa.

El sistema de reparto: por qué la demografía importa

El sistema español es de reparto contributivo: las cotizaciones de los trabajadores activos hoy financian las pensiones de los pensionistas hoy. No hay un fondo individual capitalizado. Esto tiene una implicación inmediata: el equilibrio del sistema depende de la relación entre cotizantes y pensionistas (los flujos), y de la cuantía media a ambos lados.

Si se mantienen invariantes la edad efectiva de jubilación, la cuantía media de las nuevas altas, los salarios reales y los tipos de cotización, una rampa demográfica como la descrita produce un déficit creciente. La sostenibilidad pasa, por tanto, por mover alguna de esas variables. El debate técnico orbita exactamente alrededor de cuáles mover y en qué dirección.

Los mecanismos vigentes en 2026

La normativa española ha incorporado, en los últimos quince años, varios instrumentos pensados para abordar la rampa demográfica.

El MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)

Sustituyó al "factor de sostenibilidad" de la Ley 23/2013 (que nunca llegó a aplicarse plenamente) tras su derogación por la Ley 21/2021. El MEI es una cotización adicional finalista destinada al Fondo de Reserva.

Para 2026, el MEI aporta 0,9 puntos porcentuales adicionales sobre la base de cotización por contingencias comunes, repartidos entre empresa y trabajador. La aportación irá creciendo según el calendario fijado por el RD-ley 2/2023 hasta alcanzar el 1,2 % en 2029. Es un ingreso recurrente, no un ajuste sobre la cuantía de la pensión.

La cuota de solidaridad

Desde el 1 de enero de 2025 se aplica una cuota adicional sobre la parte del salario que excede la base máxima de cotización. Su tipo aumenta gradualmente cada año hasta 2045, según la disposición adicional 38 ª del RD-ley 2/2023. Es otra fuente de ingresos adicionales pensada para el medio plazo.

El periodo de cómputo de la base reguladora

El RD-ley 2/2023 introdujo la opción dual: el INSS calcula la pensión por el método tradicional (25 años) y por un método nuevo (304 mensualidades con descarte de las 24 peores), reconociendo el más favorable. El periodo nuevo escala progresivamente hasta 348 mensualidades en 2040. El efecto, por construcción, eleva la pensión media reconocida; es decir, no es un instrumento de contención del gasto sino de reparto del ajuste. El recorrido completo por las reformas 2011-2023 explica la genealogía de cada pieza vigente hoy.

La separación de fuentes de financiación

La Ley 21/2021 cerró el llamado proceso de "separación de fuentes": determinados gastos del sistema (pensiones no contributivas, complementos a mínimos, gastos asociados a maternidad, paternidad y cuidado de hijos, entre otros) pasaron a financiarse vía Presupuestos Generales del Estado, no con cotizaciones. Es relevante a la hora de leer el déficit nominal de la Seguridad Social: una parte de lo que antes se contabilizaba como déficit del sistema ya no lo es porque corresponde al Estado.

Las posiciones documentadas

El debate técnico en España tiene tres referencias principales que cualquier lector interesado puede consultar directamente.

AIReF

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal publica con regularidad opiniones sobre la sostenibilidad del sistema. Su trabajo más citado es la Opinión sobre la sostenibilidad del sistema público de pensiones, donde estima sendas de gasto a largo plazo bajo distintos escenarios y evalúa el efecto de las reformas paramétricas. Su lectura habitual es que el RD-ley 2/2023 mejora la suficiencia de las pensiones a costa de elevar la senda de gasto, y que el MEI y la cuota de solidaridad solo cubren parcialmente ese incremento.

Banco de España

En su Informe Anual y en publicaciones técnicas como Documentos de Trabajo o Documentos Ocasionales, el Banco de España analiza el sistema desde una perspectiva macroeconómica. Sus análisis recientes han subrayado el papel del crecimiento de la productividad, del empleo y de la inmigración como variables determinantes para amortiguar la rampa demográfica.

Comisión Europea — Ageing Report

El 2024 Ageing Report publicado por la Comisión Europea, junto al Comité de Política Económica, ofrece proyecciones armonizadas para los 27 Estados miembros bajo metodología común. Los resultados para España muestran un incremento del gasto en pensiones sobre el PIB hasta el horizonte 2050, con descenso posterior, y permiten comparar la trayectoria con la de otros países europeos.

A estas tres referencias se suman publicaciones académicas (FEDEA, BBVA Research, Funcas) y los informes técnicos de la propia Seguridad Social y del Pacto de Toledo en el Congreso.

Lo que el debate público suele simplificar

Tres advertencias útiles para no caer en lecturas reduccionistas:

  • El sistema no se rompe; se ajusta. Un sistema público de reparto se equilibra ajustando ingresos, gasto o aportaciones del Estado. El debate es sobre la combinación, no sobre la viabilidad.
  • La demografía no es destino. Empleo, productividad, salarios y migración cambian la base de cotización. Cualquier proyección a 2050 con esas variables congeladas es solo una hipótesis aritmética.
  • No hay una única "sostenibilidad". La sostenibilidad financiera (que el sistema cuadre cuentas) y la sostenibilidad social (que las pensiones cumplan su función) son dos criterios distintos que pueden tirar en sentidos opuestos.

Las cifras nuevas que vayan apareciendo en informes oficiales actualizan permanentemente este cuadro. Ninguna lectura cerrada en una fecha concreta sigue siendo válida tres años después.

En resumen

  • El baby-boom español (1958-1977, máximo de natalidad en 1976) entra en jubilación entre 2025 y 2050; es una rampa, no un shock.
  • El sistema es de reparto: la sostenibilidad depende de cotizantes, pensionistas, cuantía media y aportaciones del Estado.
  • Los principales ajustes vigentes son el MEI (0,9 pp en 2026, escalando a 1,2 pp en 2029), la cuota de solidaridad sobre rentas altas y la opción dual del periodo de cómputo del RD-ley 2/2023.
  • AIReF, Banco de España y Comisión Europea coinciden en que las reformas mejoran la suficiencia y trasladan parte del coste a ingresos adicionales.
  • La proyección depende de variables —empleo, productividad, salarios, migración— que están fuera del propio sistema de pensiones.

Fuentes consultadas

  • Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas y la reducción de la brecha de género.
  • Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones.
  • Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015), disposición adicional 38.ª.
  • Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), Opinión sobre la sostenibilidad del sistema público de pensiones (varias ediciones).
  • Banco de España, Informe Anual 2024, capítulo dedicado al sistema de pensiones.
  • Comisión Europea y Comité de Política Económica, The 2024 Ageing Report.
  • Instituto Nacional de Estadística (INE), Indicadores Demográficos Básicos y proyecciones de población.
  • Eurostat, ratio de dependencia de mayores (tps00198).
  • Pacto de Toledo, recomendaciones aprobadas por el Pleno del Congreso, 2020.