Glosario · Cotización

Cuota empresarial

La cuota empresarial es la parte de la cotización a la Seguridad Social que asume el empresario por cada uno de sus trabajadores en alta. En el Régimen General…

La cuota empresarial es la parte de la cotización a la Seguridad Social que asume el empresario por cada uno de sus trabajadores en alta. En el Régimen General es, con diferencia, la fracción más elevada del coste de cotización: la empresa asume la mayor parte del tipo de cotización por contingencias comunes y la totalidad del tipo por contingencias profesionales y otras cotizaciones específicas.

Composición típica de la cuota empresarial en el Régimen General:

  1. Contingencias comunes: la mayor parte del tipo aplicable se ingresa por la empresa.
  2. Contingencias profesionales: la totalidad del tipo de la tarifa de primas correspondiente a la actividad y, en su caso, a la ocupación, va a cargo del empresario.
  3. Desempleo: porcentaje a cargo de la empresa, distinto según se trate de contrato indefinido o temporal.
  4. FOGASA y formación profesional: tipos menores, también a cargo del empresario.
  5. MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): la mayor parte del tipo del MEI lo asume la empresa, según el calendario progresivo vigente.
  6. Cuota de solidaridad, en su caso, sobre la parte del salario que supera la base máxima de cotización: se reparte entre empresa y trabajador en los términos que fija la norma.

La cuota se calcula sobre la base de cotización del trabajador, dentro de los topes mínimo y máximo vigentes. El ingreso se realiza mensualmente a la TGSS, en los plazos y por los canales del Sistema de Liquidación Directa.

La regulación está en la Ley General de la Seguridad Social y en la normativa anual de cotización.

Ver también: Cuota del trabajador, Tipo de cotización, Base de cotización, Régimen General.

Preguntas frecuentes

¿Qué proporción del coste laboral total representa la cuota empresarial?

En el Régimen General, la cuota empresarial es la fracción más elevada de la cotización conjunta del trabajador. La empresa asume la mayor parte del tipo por contingencias comunes y la totalidad del tipo por contingencias profesionales (tarifa de primas), desempleo en su parte empresarial, FOGASA, formación profesional y la mayor parte del MEI. La suma sobre la base de cotización ronda en torno a 30 % del salario, aunque varía según la actividad económica (por la tarifa de primas) y según el tipo de contrato (indefinido o temporal). Es uno de los componentes principales del coste laboral no salarial.

¿Cómo se ingresa la cuota empresarial en la Seguridad Social?

Mensualmente, en los plazos del Sistema de Liquidación Directa (CRET@). La empresa comunica a la TGSS los datos de cada trabajador a través del Sistema RED, la TGSS calcula las cuotas correspondientes y emite el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC). La empresa ingresa el importe por domiciliación bancaria o pago electrónico antes del último día del mes siguiente al de devengo. La cuota incluye tanto la parte empresarial como la del trabajador (descontada en nómina), en un único ingreso unificado.

¿En qué se diferencia la cuota empresarial de la del trabajador?

En quién la asume y, en parte, en qué cubre. La cuota del trabajador es la fracción que la empresa descuenta directamente en nómina al pagar el salario y aparece desglosada en el recibo. La cuota empresarial es la fracción que asume la propia empresa por encima del salario, sin que el trabajador la vea como descuento. Las contingencias profesionales y la tarifa de primas las paga íntegramente la empresa: el trabajador no aporta nada a accidentes y enfermedades profesionales. En el RETA esta distinción no opera: el autónomo asume la cuota íntegra al no haber empleador.