Glosario · Cotización

Sistema de Liquidación Directa (CRET@)

El Sistema de Liquidación Directa, conocido por su denominación técnica CRET@ ("Control de Recaudación por el Trabajador"), es el procedimiento por el que la…

El Sistema de Liquidación Directa, conocido por su denominación técnica CRET@ ("Control de Recaudación por el Trabajador"), es el procedimiento por el que la Tesorería General de la Seguridad Social calcula directamente las cuotas mensuales de cotización a partir de la información que la empresa le facilita sobre cada trabajador. Sustituyó al antiguo sistema de autoliquidación con boletines TC1 y TC2.

Cómo funciona:

  1. La empresa comunica los datos relevantes de cada trabajador (días trabajados, bases de cotización, conceptos retributivos, incidencias) a través del Sistema RED.
  2. La TGSS calcula las cuotas correspondientes a cada trabajador y a la empresa, aplicando los tipos vigentes y considerando bonificaciones, reducciones y particularidades.
  3. La TGSS notifica a la empresa el importe a ingresar mediante el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y el Relación Nominal de Trabajadores (RNT), accesibles desde la sede electrónica.
  4. La empresa ingresa las cuotas en el plazo previsto (mes siguiente al de devengo, en términos generales), por domiciliación bancaria o pago electrónico.

Diferencias con el sistema anterior:

  • CRET@: la TGSS calcula. La empresa solo aporta datos.
  • Sistema antiguo: la empresa calculaba mediante los formularios TC1 y TC2 y los presentaba en el banco o en la TGSS.

CRET@ se generalizó entre 2014 y 2016 para las empresas del Régimen General, RETA con asalariados y otros regímenes que admiten autoliquidación. Es el sistema obligatorio para casi todas las empresas en la actualidad.

Su lógica reduce errores de cálculo y permite a la TGSS detectar incongruencias en tiempo real.

Ver también: Sistema RED, CCC, TGSS, Cuota empresarial.

Preguntas frecuentes

¿Qué hacen empresa y TGSS en CRET@?

El reparto es claro. La empresa comunica los datos relevantes de cada trabajador (días trabajados, bases de cotización, conceptos retributivos, incidencias) a través del Sistema RED. La TGSS calcula directamente las cuotas correspondientes a cada trabajador y a la empresa, aplicando los tipos vigentes y considerando bonificaciones, reducciones y particularidades. La empresa recibe el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y la Relación Nominal de Trabajadores (RNT), e ingresa el importe en el plazo previsto. La TGSS calcula; la empresa solo aporta datos y paga.

¿Qué pasó con los antiguos formularios TC1 y TC2?

Quedaron derogados con la implantación de CRET@, generalizada entre 2014 y 2016 para las empresas del Régimen General y otros regímenes que admitían autoliquidación. En el sistema antiguo, la empresa calculaba las cuotas mediante esos formularios y los presentaba en el banco o en la TGSS. En CRET@, el cálculo lo realiza directamente la TGSS a partir de los datos comunicados por la empresa. La transición eliminó errores de cálculo y permitió a la TGSS detectar incongruencias en tiempo real, además de simplificar la operativa para la mayoría de empresas pequeñas y medianas.

¿Qué empresas están obligadas a usar CRET@?

Casi todas. CRET@ es el sistema obligatorio para las empresas del Régimen General, RETA con asalariados, Régimen del Mar, Empleados del Hogar (con sistema simplificado) y otros regímenes con autoliquidación. Las excepciones son residuales y están previstas en la normativa específica. La obligatoriedad incluye también a profesionales colegiados que actúan en representación de empresas (gestores, asesorías laborales). El uso de CRET@ requiere autorización RED, certificado digital y, en empresas pequeñas, puede gestionarse mediante la modalidad RED Directo, más sencilla y accesible desde el navegador.