Desde el 1 de enero de 2023, el sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha cambiado radicalmente. La libre elección de base entre un mínimo y un máximo del régimen ha sido sustituida por una cotización vinculada a los rendimientos netos reales del autónomo. La reforma se introdujo por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, y se está implantando de forma progresiva durante un periodo transitorio.
Esta guía explica cómo funciona el nuevo sistema: tramos de rendimientos, bases dentro del tramo, regularización anual, posibilidad de cambiar de base y aspectos prácticos.
Por qué se ha cambiado
Hasta 2022, el autónomo elegía libremente su base de cotización entre la mínima y la máxima del RETA, con independencia de sus ingresos reales. Esa libertad permitía optimizar la cuota a corto plazo, pero generaba dos problemas:
- Pensiones bajas en el RETA: la mayoría de autónomos cotizaba por la base mínima durante toda su carrera, lo que se traducía en pensiones medias muy inferiores a las del RGSS.
- Inequidad respecto al RGSS: un asalariado cotizaba por su salario real (con topes); un autónomo, por una cifra elegida sin relación directa con sus ingresos.
La reforma busca alinear la cotización con los ingresos reales, mejorar la suficiencia de las pensiones del RETA y reducir la brecha con el RGSS.
Cómo funciona el sistema
El nuevo sistema opera así:
Paso 1 · Previsión de rendimientos netos
Al inicio del año, el autónomo declara su previsión de rendimientos netos anuales en el portal Importass. Los rendimientos netos son, simplificadamente, los ingresos menos los gastos deducibles, con una reducción adicional por gastos genéricos del 7 % (autónomos) o del 3 % (autónomos societarios).
Paso 2 · Identificación del tramo
En función de la previsión, el autónomo se sitúa en uno de los tramos de rendimientos netos establecidos por la normativa. Hay tramos para rendimientos bajos, medios y altos, con escalas que se actualizan anualmente.
Paso 3 · Base mensual dentro del tramo
Cada tramo tiene una base mínima y una base máxima dentro de las que el autónomo elige. Esa base es la que se aplica para calcular la cuota mensual.
Paso 4 · Cuota mensual
Sobre la base elegida se aplican los tipos de cotización del RETA (contingencias comunes, profesionales, cese de actividad, formación profesional, MEI), igual que en el RGSS pero a cargo íntegramente del autónomo.
Paso 5 · Regularización anual
Al cierre del año fiscal, Hacienda comunica los rendimientos reales del autónomo a la TGSS (a través de la declaración de IRPF y modelos asociados). La SS regulariza las cotizaciones:
- Si el autónomo cotizó por debajo del tramo que le correspondía por sus rendimientos reales, debe abonar la diferencia.
- Si cotizó por encima, la SS le devuelve el exceso.
La regularización se hace en el ejercicio siguiente al de los rendimientos.
Tramos de rendimientos
Los tramos se publican anualmente y se han ido escalonando durante el periodo transitorio. La estructura básica:
| Tramo | Rendimiento neto anual | Base mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|
| Tramo 1 (más bajo) | Hasta cifra X | Base baja | Base media-baja |
| Tramos intermedios | Cifras crecientes | Bases ascendentes | |
| Tramo superior | Por encima de cifra Y | Base alta | Base máxima del RETA |
Las cifras concretas de cada tramo y de cada base se publican en la Orden anual de cotización del Ministerio competente. La normativa del RDL 13/2022 prevé un calendario de implantación progresiva, con ajuste de las cifras año a año hasta alcanzar el régimen permanente.
Cambios de base durante el año
El autónomo puede cambiar su base mensual hasta seis veces al año, siempre que se ajuste al tramo que corresponde a sus rendimientos previstos. Es una flexibilidad importante:
- Si los ingresos previstos cambian (proyectos nuevos, pérdida de un cliente, etc.), se puede ajustar la base sin esperar al final del año.
- Las fechas en que se pueden hacer los cambios están definidas por la normativa (1 de enero, 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre).
Este margen permite suavizar el coste de la cotización si los ingresos varían a lo largo del año, evitando regularizaciones bruscas.
Regularización: cómo opera en la práctica
La regularización anual es la pieza clave del sistema. Funciona así:
- Hacienda cierra la declaración de IRPF del año X.
- La AEAT comunica los rendimientos netos reales a la TGSS.
- La TGSS compara con las bases efectivamente cotizadas durante el año.
- Calcula la diferencia y emite una resolución de regularización.
- El autónomo paga la deuda o recibe la devolución en el ejercicio X+1.
La regularización puede generar deudas significativas si el autónomo declaró una previsión muy inferior a los rendimientos reales. Por eso es importante actualizar la previsión durante el año si los ingresos efectivamente recibidos están por encima del tramo declarado.
Tarifa plana y bonificaciones
Junto al sistema de tramos, se mantiene la tarifa plana para nuevos autónomos:
- Cuota reducida mensual durante un periodo inicial (los primeros 12-24 meses, en condiciones que se han ido ajustando).
- Aplicable a quienes se den de alta por primera vez o no hayan estado de alta en los últimos años.
La tarifa plana no exime de la regularización: si los rendimientos reales superan el tramo aplicable, se regulariza igual.
Cobertura del autónomo
El autónomo en el RETA, con el nuevo sistema, cotiza por:
- Contingencias comunes: jubilación, incapacidad permanente común, IT.
- Contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Cese de actividad: análoga al desempleo.
- Formación profesional.
- MEI: cotización adicional al Fondo de Reserva.
Así, el autónomo tiene cobertura prácticamente equivalente al asalariado del RGSS, salvo en algunos matices residuales (por ejemplo, en cuanto a la prestación por hijo a cargo, que opera por el mismo cauce general).
Aspectos prácticos
- Conviene revisar la previsión al menos una vez al año, idealmente dos.
- En sectores con estacionalidad marcada, ajustar la base en los puntos del año donde se permitan los cambios.
- Conservar la declaración de IRPF y los justificantes de los gastos: la regularización dependerá de esos datos.
- Pedir asesoramiento de un gestor o asesor fiscal: el sistema de tramos exige cierta complejidad de cálculo que no todos los autónomos manejan con comodidad.
Pluriactividad
En pluriactividad (RGSS + RETA), el autónomo cotiza simultáneamente en los dos regímenes. Hay correctores específicos:
- Bonificación en la cuota del RETA durante un periodo inicial.
- Devolución del exceso de cotización al cierre del año si la suma de bases supera los límites legales.
Errores frecuentes
- No actualizar la previsión durante el año: puede generar regularización dura.
- Aprovechar la base mínima sin entender que los rendimientos reales determinarán la regularización final.
- Olvidar los cambios de base posibles (hasta seis veces al año).
- Confundir la cuota mensual con el "coste real" de la cotización: la cuota anualizada es lo que cuenta tras la regularización.
- Asumir que la tarifa plana es definitiva: tras el periodo bonificado, se cotiza por tramos.
En resumen
- Desde 2023, el RETA cotiza por ingresos reales, con tramos de rendimientos netos y bases mínima y máxima dentro de cada tramo.
- El autónomo declara su previsión de rendimientos en Importass y puede cambiarla hasta seis veces al año.
- Al cierre del ejercicio, Hacienda comunica los rendimientos reales y la SS regulariza, devolviendo lo cobrado de más o exigiendo lo cobrado de menos.
- La cobertura es prácticamente equivalente al RGSS: jubilación, incapacidad, cese de actividad, formación, MEI.
- La tarifa plana sigue vigente para nuevos autónomos durante un periodo inicial.
Fuentes consultadas
- Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, sobre cotización del RETA por ingresos reales
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — Importass
- Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015)
- Órdenes anuales de cotización del Ministerio competente
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) — Información a la SS