El subsidio para mayores de 52 años es la prestación asistencial gestionada por el SEPE para personas desempleadas mayores de esa edad que han agotado el paro contributivo o no han llegado a generar derecho a él, y que cumplen los requisitos del subsidio. Su rasgo más relevante para el sistema de pensiones es que cotiza por jubilación, lo que protege la futura base reguladora.
Sus rasgos principales:
- Edad de acceso: 52 años cumplidos. La edad mínima fue 55 hasta 2019, fecha en que se rebajó a 52.
- Requisitos: haber cotizado al menos un periodo mínimo previo (6 años en general en el sistema de protección al desempleo), reunir todos los requisitos para acceder a la jubilación contributiva salvo la edad y carecer de rentas superiores al umbral fijado por la norma.
- Cuantía: porcentaje fijo del IPREM mensual (en general el 80 %), durante el periodo que reste hasta el cumplimiento de la edad de jubilación contributiva.
- Cotización por jubilación: durante la percepción del subsidio, el SEPE cotiza por el beneficiario por una base equivalente al 125 % de la base mínima de cotización vigente, lo que impacta directamente en la base reguladora futura.
Su valor como instrumento de protección al desempleo de larga duración se complementa con su efecto sobre la pensión: para muchas personas que acceden a este subsidio, las cotizaciones aportadas por el SEPE durante años evitan caídas significativas en la pensión final.
Ver también: SEPE, Jubilación anticipada involuntaria, Jubilación ordinaria, LGSS.