Glosario · Tipo de pensión

Jubilación ordinaria

La jubilación ordinaria es la modalidad estándar de acceso a la pensión de jubilación. Se reconoce a quienes cumplen la edad legal de jubilación que les…

La jubilación ordinaria es la modalidad estándar de acceso a la pensión de jubilación. Se reconoce a quienes cumplen la edad legal de jubilación que les corresponde y acreditan el periodo mínimo de cotización exigido.

Para tener derecho a la jubilación ordinaria hay que cumplir, con carácter general, dos requisitos:

  1. Alcanzar la edad legal de jubilación, que en España no es única: depende de los años cotizados a lo largo de la vida laboral. Quienes acreditan una carrera de cotización larga pueden jubilarse antes que el resto, manteniendo la condición de jubilación ordinaria.
  2. Haber cotizado el periodo mínimo de carencia, parte del cual debe estar dentro de un periodo concreto inmediatamente anterior al hecho causante.

La pensión se calcula aplicando el porcentaje correspondiente a los años cotizados sobre la base reguladora. La jubilación ordinaria no aplica coeficientes reductores por adelanto, ya que se causa precisamente al cumplir la edad legal.

Quien retrasa la jubilación más allá de la edad legal puede acceder a incentivos por demora: complementos por cada año adicional cotizado, en forma de porcentaje extra, cantidad fija o combinación de ambos, según la opción que elija el trabajador.

La cuantía resultante está sujeta a los topes mínimo y máximo y se actualiza cada año mediante la revalorización.

Ver también: Edad legal de jubilación, Periodo de carencia, Base reguladora, Porcentaje aplicable.

Preguntas frecuentes

¿A qué edad se accede a la jubilación ordinaria en España?

La edad legal de jubilación no es única: depende de los años cotizados a lo largo de la vida laboral. Tras la reforma de 2011 y su calendario progresivo, la edad estándar avanza hasta los 67 años, y quienes acreditan una carrera de cotización suficientemente larga pueden mantener el acceso a los 65.

¿Cuántos años hay que cotizar como mínimo para cobrar pensión de jubilación?

El periodo mínimo de carencia exigido es de 15 años cotizados, de los cuales una parte debe estar dentro de un periodo concreto inmediatamente anterior al hecho causante. Cumplir solo el mínimo da derecho a un porcentaje reducido sobre la base reguladora; el 100 % se alcanza con muchos más años cotizados.

¿Se puede retrasar la jubilación más allá de la edad legal?

Sí. La normativa contempla incentivos por demora: por cada año adicional cotizado tras la edad legal, el trabajador puede optar entre un porcentaje extra sobre la pensión, una cantidad fija a tanto alzado o una combinación de ambas opciones, siempre que en el momento de cumplir la edad legal hubiera derecho al 100 % de la base reguladora.