El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) es el organismo autónomo encargado de gestionar las prestaciones y subsidios por desempleo en España y de coordinar las políticas activas de empleo en colaboración con los servicios autonómicos.
Sus competencias en materia de Seguridad Social son acotadas pero relevantes para quien planifica una jubilación tardía o anticipada:
- Prestación contributiva por desempleo ("paro"): se reconoce a quienes han cotizado un mínimo previo y cumplen los requisitos de situación legal de desempleo. Durante su percepción, el SEPE cotiza por el trabajador a la Seguridad Social.
- Subsidios asistenciales: subsidio para mayores de 52 años, subsidio por agotamiento del paro, subsidio para retornados, etc. En algunos supuestos, las cotizaciones del subsidio son por bases reducidas.
- Renta Activa de Inserción (RAI) y otras ayudas extraordinarias.
- Inscripción como demandante de empleo, requisito previo para acceder a la jubilación anticipada involuntaria.
Es importante no confundir el SEPE con el INSS (que reconoce las pensiones contributivas) ni con la TGSS (que afilia y recauda). Cada uno tiene su ámbito propio aunque sus actos se interrelacionan: por ejemplo, los periodos cotizados durante un subsidio del SEPE se computan en la carrera de cotización a efectos de pensión.
Ver también: INSS, TGSS, Subsidio para mayores de 52 años, Jubilación anticipada involuntaria.