El SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) fue un sistema de previsión social vigente en España con anterioridad a la creación del actual sistema de Seguridad Social. Estuvo en vigor entre 1947 y 1966, fecha en la que comenzó la transición hacia el modelo actual.
Aunque no se generan nuevas cotizaciones al SOVI desde hace décadas, siguen existiendo pensiones SOVI porque la normativa permite reconocer prestaciones a quienes cumplen estos requisitos:
- Haber cotizado al SOVI al menos un determinado periodo antes de 1967, o haberlo hecho con anterioridad y completar la carencia con los seguros que precedieron al sistema.
- No tener derecho a otra pensión del actual sistema de Seguridad Social, salvo en supuestos puntuales donde la pensión SOVI es compatible con la pensión de viudedad.
- Cumplir los requisitos de edad o invalidez que la normativa SOVI exigía en su momento.
Las pensiones SOVI son de cuantía fija, baja, y se actualizan cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en el Real Decreto de revalorización. Para 2026 el Real Decreto 39/2026 fija la pensión SOVI no concurrente en 8.394,40 €/año (599,60 €/mes en 14 pagas). Cuando concurre con una pensión de viudedad del sistema, su cuantía es inferior y depende de las reglas específicas de concurrencia.
Su público objetivo es residual y decrece con el paso del tiempo, pero sigue siendo importante para personas que cotizaron en los años cuarenta o cincuenta y no acumularon el periodo de cotización exigido por el actual sistema.
Ver también: Régimen General, Clases Pasivas, Pensión no contributiva, LGSS.