La pensión no contributiva es la prestación económica que reconoce el sistema de Seguridad Social a personas en situación de necesidad que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Se financia con cargo a impuestos, no con cotizaciones, y por eso forma parte del nivel no contributivo del sistema.
Existen dos modalidades principales:
- Pensión no contributiva de jubilación, dirigida a personas mayores de una determinada edad, residentes legales en España durante un número mínimo de años y sin recursos económicos suficientes según los umbrales legales.
- Pensión no contributiva de invalidez, dirigida a personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al exigido por la norma, también con requisitos de residencia y de carencia de recursos.
Sus rasgos clave:
- Cuantía fija, igual para todos los beneficiarios, que se actualiza cada año. Para 2026 el Real Decreto 39/2026 la fija en 8.803,20 €/año (628,80 €/mes en 14 pagas), tras un incremento del 11,4 % sobre el ejercicio anterior.
- Compatibilidad limitada con otros ingresos: si las rentas familiares superan determinado umbral, la cuantía se reduce o se pierde el derecho.
- Gestión compartida: corresponde al Estado fijar la normativa y a las comunidades autónomas (o al IMSERSO en Ceuta y Melilla) reconocer y pagar las pensiones.
No deben confundirse con las pensiones SOVI ni con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque comparten lógica de protección no contributiva.
Ver también: IMV, Complemento a mínimos, Pensión mínima, SOVI.