Las pensiones de vejez anteriores a 1990 son las prestaciones económicas asistenciales que el Estado o los regímenes anteriores reconocían a personas mayores con escasos recursos antes de la entrada en vigor de la Ley 26/1990, que creó el actual sistema de pensiones no contributivas. Subsisten residualmente para quienes las tenían reconocidas y no optaron por integrarse en el nuevo régimen.
Modalidades históricas más relevantes:
- Pensión asistencial FAS (Fondo de Asistencia Social): prestación gestionada por el Estado a través del Fondo de Asistencia Social, regulada por la Ley 45/1960 y disposiciones concordantes.
- Subsidio LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido, 1982): prestación dirigida a personas con discapacidad anterior a la creación de las no contributivas de invalidez.
- Pensiones SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez): aunque siguen reconociéndose hoy con sus reglas propias, son herederas del sistema previo a 1967, anterior a las prestaciones actuales.
Características comunes:
- Cuantías generalmente inferiores a las actuales pensiones no contributivas.
- Beneficiarios decrecientes por motivos demográficos.
- Incompatibilidad con prestaciones del nuevo sistema, salvo supuestos puntuales (por ejemplo, la pensión SOVI con la viudedad).
- Reglas de revalorización propias, con actualización anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en el Real Decreto correspondiente.
Estas prestaciones forman parte de la "memoria histórica" administrativa del sistema de protección social. La Ley 26/1990 ofreció una vía de integración voluntaria; quien optó por mantener su pensión anterior sigue cobrándola conforme a las reglas vigentes en el momento del reconocimiento.
Ver también: Pensión asistencial FAS, LISMI, Pensión no contributiva, SOVI.