La LISMI (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido) fue la norma que articuló el primer sistema español integral de protección de personas con discapacidad. Estuvo vigente como ley básica hasta su derogación por el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013).
Sus prestaciones económicas más relevantes:
- Subsidio de garantía de ingresos mínimos (SGIM): prestación periódica dirigida a personas con discapacidad sin recursos suficientes.
- Subsidio por ayuda de tercera persona (SATP): complemento para quienes, por su discapacidad, necesitaban asistencia continua.
- Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT): ayuda específica para personas con grave dificultad de movilidad y bajos ingresos.
Tras la creación de las pensiones no contributivas de invalidez por la Ley 26/1990, los beneficiarios del SGIM tuvieron la opción de integrarse en el nuevo sistema o conservar su prestación. Buena parte se acogió al cambio, pero subsisten beneficiarios que mantuvieron las prestaciones LISMI con sus reglas propias.
Hoy, las prestaciones LISMI están en proceso de extinción demográfica: ya no se reconocen nuevas, solo se mantienen las concedidas en su día. Los subsidios de movilidad y similares siguen actualizándose conforme a la normativa específica.
La derogación formal de la Ley 13/1982 no ha eliminado los derechos consolidados: los beneficiarios siguen cobrando las prestaciones reconocidas en su momento.
Ver también: Pensión no contributiva, Pensión asistencial FAS, Pensiones de vejez anteriores a 1990, IMV.