MUGEJU (Mutualidad General Judicial) es el organismo público que gestiona el régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia: jueces, magistrados, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y funcionarios de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia que estén encuadrados en este régimen.
Sus competencias siguen el patrón común a las tres mutualidades de funcionarios:
- Asistencia sanitaria mediante elección anual entre Sistema Nacional de Salud y entidades privadas concertadas.
- Prestaciones complementarias: incapacidad temporal, prestaciones farmacéuticas, ortoprotésicas, ayudas asistenciales, prestaciones por nacimiento y cuidado del menor en lo que le corresponde.
- Acción social dirigida específicamente al colectivo judicial.
Las pensiones de jubilación, viudedad, orfandad y extraordinarias se reconocen por Clases Pasivas o por el Régimen General, según el cuerpo y la fecha de ingreso en la función pública. MUGEJU no paga las pensiones de jubilación; gestiona las prestaciones complementarias durante la actividad y la incapacidad temporal.
El colectivo es el más reducido de las tres mutualidades, lo que se traduce en una estructura más compacta. La regulación está en el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social del Personal al servicio de la Administración de Justicia.
Ver también: MUFACE, ISFAS, Clases Pasivas, Régimen General.