El formulario A1 es el certificado oficial que acredita, ante las autoridades de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o del Reino Unido, que el trabajador desplazado mantiene su afiliación a la Seguridad Social del país de origen durante el periodo cubierto por el documento. Sustituyó al antiguo formulario E101.
Cuándo se emite:
- Desplazamiento temporal: el trabajador es enviado por su empresa a otro Estado para realizar una obra, prestación de servicios o misión durante un periodo limitado, normalmente no superior a 24 meses (ampliable en supuestos previstos por la norma).
- Actividad simultánea en varios Estados: trabajadores que prestan servicios habitualmente en dos o más Estados miembros y han fijado su legislación aplicable según las reglas de coordinación.
- Funcionarios públicos en comisión de servicio internacional y otras situaciones específicas previstas por los reglamentos europeos.
Cómo se obtiene:
- En España, lo expide la Tesorería General de la Seguridad Social, a solicitud del empresario o del propio trabajador, a través del Sistema RED o de la sede electrónica.
- Cubre un periodo concreto: si el desplazamiento se prolonga, hay que solicitar prórroga antes del vencimiento.
El A1 protege al trabajador frente a la doble cotización: durante su vigencia, el Estado de destino no puede exigirle altas o cotizaciones a su sistema. La regulación está en el Reglamento 883/2004 y en su Reglamento de aplicación 987/2009.
Ver también: Legislación aplicable, Desplazamiento de trabajadores, Totalización internacional, TGSS.