Análisis

Un autónomo cobra de pensión la mitad que un asalariado

La pensión media del Régimen General se sitúa en torno a 1.670 €/mes. La del RETA, en torno a 900 €. Un autónomo cobra de pensión, de media, casi la mitad.

Publicado 01 de mayo de 2026
La pensión media del Régimen General se sitúa en torno a 1.670 €/mes. La del RETA, en torno a 900 €. Un autónomo cobra de pensión, de media, casi la mitad.

La pensión media de jubilación del Régimen General ronda los 1.670 €/mes. La del Régimen de Autónomos (RETA) se sitúa cerca de los 900 €/mes. La diferencia, alrededor del 46 %, no es accidental ni temporal: es la regla del juego de un sistema en el que el autónomo elige durante toda su vida laboral cuánto cotiza, y la inmensa mayoría ha elegido cotizar por la base mínima. Esa decisión, repetida año tras año, se convierte en una pensión la mitad de baja que la del vecino asalariado del piso de al lado.

La cifra

  • Pensión media de jubilación, Régimen General (referencia 2026): ≈ 1.669 €/mes.
  • Pensión media de jubilación, RETA (autónomos, referencia 2026): ≈ 900 €/mes.
  • Diferencia: ≈ 769 €/mes (-46 %) sobre la del Régimen General.
  • Acumulado anual: ≈ 10.766 €/año menos en 14 pagas.
  • Acumulado vital sobre 21 años de jubilación: ≈ 226.086 € menos.
  • Cotización mínima histórica: en torno a 80-85 % de los autónomos han cotizado siempre por la base mínima, según informes de UPTA y ATA.
Pensión media de jubilación · por régimen (2026) Régimen General ~1.669 € RETA (autónomos) ~900 € -769 €/mes -46 % Pensión media SS jubilación nacional (abril 2026): 1.569,70 €/mes. El Régimen General arrastra la media nacional al alza; el RETA, a la baja. Fuente: estadística pensiones contributivas, Seguridad Social, 2026.

Cómo se calcula

La Seguridad Social publica la pensión media desagregada por régimen. La cifra concreta de la pensión media nacional de jubilación en abril de 2026 fue de 1.569,70 €/mes. Esa cifra es un promedio ponderado que incluye:

  • Régimen General (mayoritario): pensiones medias en torno a los 1.669 €/mes, por encima de la media nacional.
  • RETA: pensiones medias en torno a los 900 €/mes, claramente por debajo.
  • Otros regímenes: Mar, Carbón, Empleados de Hogar (sistema especial integrado en RGSS), SOVI, etc.

La diferencia entre Régimen General y RETA, en torno a 769 €/mes, sale de restar las dos cifras directamente. Multiplicado por 14 pagas anuales, la brecha es de 10.766 €/año. A lo largo de una jubilación media de 21 años, la diferencia acumulada ronda los 226.000 €.

Las cifras exactas del RETA pueden moverse mensualmente unos euros según altas y bajas; la dirección y el orden de magnitud son persistentemente estables: una jubilación de autónomo es, en media, algo más de la mitad que una jubilación del Régimen General.

Por qué importa

La diferencia entre regímenes no se explica por una distinta política pensional: el INSS aplica la misma fórmula de base reguladora, los mismos coeficientes por años cotizados y los mismos topes mínimo y máximo. Lo que cambia es lo que se pone dentro de esa fórmula.

  • En el Régimen General, la base de cotización la fija el salario real del trabajador, con un mínimo y un máximo legales. Quien cobra 2.000 €/mes brutos cotiza por unos 2.000 €/mes (con ajustes), y eso entra en su base reguladora futura.
  • En el RETA, la base de cotización la elige el autónomo dentro de los topes legales. Hasta 2023, esa elección era casi libre y la inmensa mayoría escogía la mínima. Desde 2023, el sistema se ha reformado para basar la cotización en los rendimientos netos reales del autónomo, en una transición que dura hasta 2032.

La infracotización por elección ha sido durante 50 años el rasgo definitorio del régimen. Y como la pensión es proporcional a lo cotizado, la pensión refleja la cotización con 25-30 años de retraso. El autónomo de 65 años que se jubila en 2026 lleva toda su vida laboral cotizando por la base mínima: la pensión que cobra hoy no es injusticia del sistema, es la consecuencia matemática de las decisiones que tomó en los años 80, 90 y 2000.

La regla histórica del 80-85 %

Hasta la reforma de 2023, en torno al 80-85 % de los autónomos españoles cotizaban por la base mínima del RETA, con independencia de sus ingresos reales. Esto se aplicaba tanto al autónomo que ingresaba 800 €/mes como al consultor que facturaba 7.000 €/mes: legalmente podían escoger la base que quisieran dentro de los topes, y ambos solían escoger la mínima.

Las razones, conocidas por la AIReF, los sindicatos de autónomos y el propio Pacto de Toledo:

  • Liquidez inmediata: cotizar menos hoy deja más caja en la nómina del autónomo, especialmente en negocios con márgenes ajustados.
  • Desconfianza en el sistema: parte del colectivo prefería invertir el "ahorro de cuota" en un plan de pensiones privado o en su propio negocio, asumiendo que la pensión pública sería siempre baja.
  • Ausencia de control real entre rendimientos declarados e ingresos reales en años en los que la economía española tenía un peso elevado de actividad informal.
  • Asimetría temporal: el coste de cotizar más se siente cada mes; el beneficio (mayor pensión) llegaría décadas después, lo que llevó a una preferencia temporal extrema.

El resultado, replicado durante 30-40 años: una brecha estructural entre el Régimen General y el RETA en la pensión media. La media RETA no es baja porque los autónomos sean pobres en términos reales; es baja porque, durante décadas, el sistema permitió que cotizaran como si lo fueran.

Cómo cotizaban los autónomos antes de 2023 (orden de magnitud) Cotizando por base mínima ~80-85 % Cotizando por encima del mínimo ~15-20 % Esta distribución no se publica de forma oficial estandarizada; los rangos provienen de informes de ATA, UPTA y AIReF que llevan dos décadas señalando este fenómeno. Desde 2023, el RETA cotiza por rendimientos netos reales (transición hasta 2032).

Lo que cambia con la reforma del RETA

El nuevo sistema de cotización del RETA (Real Decreto-ley 13/2022) rompe la lógica de la elección libre. Desde 2023, los autónomos cotizan en función de sus rendimientos netos reales, en una escala progresiva con 15 tramos. La transición es gradual hasta 2032.

Las consecuencias previsibles, a 25-30 años vista:

  • Los autónomos con rendimientos altos ya no podrán cotizar por la mínima. Su pensión futura subirá, lentamente, en función de los años que queden hasta su jubilación.
  • Los autónomos con rendimientos bajos podrán cotizar por bases inferiores a la antigua mínima histórica. Su pensión futura no mejorará de forma significativa.
  • La media RETA crecerá lentamente, pero los efectos se notarán en pensiones que se causen entre 2045 y 2060. La cohorte que se jubila ahora no se beneficia de la reforma: lleva décadas cotizando por la mínima.

Esta es una de las inercias clásicas del sistema español: las reformas tardan 25-30 años en notarse plenamente en la pensión media, porque el efecto solo se ve cuando la cohorte que ha cotizado bajo el nuevo régimen empieza a jubilarse en masa.

El detalle técnico

¿Por qué cotizar por la mínima durante toda la carrera reduce la pensión en torno a un 46 %? La base reguladora se calcula con los últimos años cotizados (25 años en 2026, 27 desde 2027). La fórmula es esencialmente la misma para Régimen General y RETA:

  • Base reguladora = media de las bases de cotización de los últimos N años (con corrección por IPC en los más antiguos).
  • Pensión = porcentaje de la base reguladora según años cotizados (50 % a los 15 años, 100 % a los 36-37 años).

Si tu base de cotización media a lo largo de 25 años es de 1.000 €/mes (autónomo cotizando por la mínima histórica), tu pensión máxima posible —con carrera completa— ronda los 1.000 €/mes descontando el efecto del IPC y de los años cómputo. Si tu base ha sido de 1.800 €/mes (asalariado en Régimen General con sueldo medio nacional), tu pensión ronda los 1.800 €/mes.

La pensión es un espejo de la base de cotización. No hay magia ni truco: el régimen no penaliza per se, lo que penaliza es no haber cotizado. La diferencia del 46 % es matemáticamente precisa.

El falso ahorro

Para muchos autónomos que han cotizado durante décadas por la base mínima, el resultado neto es menos dinero a lo largo de toda la vida que si hubieran cotizado por una base superior:

  • Cotizar por la base mínima en lugar de por una base media a lo largo de 30 años puede haber supuesto un ahorro de cuota de unos 150-250 €/mes, según el periodo. En 30 años: aproximadamente 60.000-90.000 € ahorrados.
  • A cambio, la pensión es unos 700-800 €/mes más baja. A lo largo de 21 años de jubilación: aproximadamente 205.000-235.000 € menos cobrados.

La cuenta no sale: el autónomo ahorra unos 75.000 € en cuotas y deja de cobrar más de 200.000 € en pensiones futuras. El "ahorro" se convierte en pérdida del orden del triple a lo largo de toda la vida útil más jubilación.

Este cálculo asume que el autónomo no invirtió ese ahorro de cuota en un plan privado con rentabilidad equivalente. Si lo hizo, y lo hizo bien, el balance puede mejorar; pero los datos de penetración de planes de pensiones individuales muestran que la inmensa mayoría no compensó el déficit por la vía privada.

Lo que no estamos diciendo

  • No estamos diciendo que el sistema RETA sea injusto. Es proporcional: cada euro cotizado se traduce en pensión. Quien quiso cotizar más, podía hacerlo. Quien no, ahora tiene la pensión consistente con su elección.
  • La pensión media RETA del orden de 900 €/mes es una referencia. La cifra exacta varía mensualmente. La banda razonable es 870-940 €/mes.
  • Las nuevas generaciones de autónomos (cotizando por rendimientos netos desde 2023) tendrán pensiones diferentes. La fotografía actual es la de las cohortes que se jubilan ahora.
  • El complemento a mínimos y las pensiones mínimas suben fuerte en 2026 (+11,4 %, RD 39/2026). Muchos autónomos con pensión RETA por debajo de la mínima legal acceden al complemento; eso eleva su pensión final pero no aparece en la cifra de "pensión media RETA contributiva pura".
  • No incluimos las pensiones SOVI, que tienen su propia lógica y aparecen tratadas en otra ficha.

En resumen

  • Pensión media de jubilación, Régimen General: ≈ 1.669 €/mes.
  • Pensión media de jubilación, RETA: ≈ 900 €/mes.
  • Diferencia: ≈ 769 €/mes (-46 %).
  • Acumulado a lo largo de una jubilación de 21 años: ≈ 226.000 € menos.
  • Causa principal: cotización histórica por base mínima del 80-85 % de los autónomos.

Fuentes

  • Estadística de pensiones contributivas, Seguridad Social, abril 2026 (por régimen).
  • Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los autónomos (cotización por rendimientos netos).
  • Real Decreto 39/2026, de 21 de enero, sobre revalorización de pensiones para 2026 — BOE-A-2026-1484.
  • AIReF — Opinión sobre la sostenibilidad del sistema de pensiones, 2023.
  • ATA y UPTA — Informes anuales sobre el RETA.