La tarifa cero para autónomos es la denominación con la que algunas comunidades autónomas se han referido al programa por el que subvencionan la cuota mínima del autónomo durante el primer año (o más) de actividad, de modo que el beneficiario, en la práctica, no soporta el coste de la cotización al RETA. No es una figura del régimen general estatal, sino una bonificación autonómica complementaria a la tarifa plana nacional.
Cómo opera:
- El autónomo se acoge a la tarifa plana estatal, abonando la cuota reducida prevista en la normativa nacional.
- La comunidad autónoma reembolsa o subvenciona esa cuota durante un periodo determinado, mediante convocatoria de ayudas pública. El reembolso suele ser ex post: el autónomo paga, justifica y la administración devuelve el importe.
- Requisitos específicos por comunidad: empadronamiento mínimo, mantenimiento de la actividad durante un periodo, no haber sido autónomo recientemente, en algunos casos ser mujer, joven o residente en zona despoblada.
Comunidades con programas de tarifa cero o bonificaciones equivalentes en distintos momentos:
- Andalucía, Madrid, Murcia, La Rioja, Extremadura, Galicia, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, entre otras, han aprobado programas con denominaciones y alcances diversos en distintos ejercicios.
Por su naturaleza, las condiciones, los plazos y la disponibilidad presupuestaria varían cada año. Es imprescindible consultar la convocatoria vigente en la comunidad correspondiente antes de planificar el alta del autónomo. La Tesorería General de la Seguridad Social no gestiona estas bonificaciones autonómicas, aunque sí aplica directamente las reducciones nacionales (tarifa plana).
Ver también: Tarifa plana de autónomos, RETA, Base de cotización, Mutualidad alternativa al RETA.