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SMI (Salario Mínimo Interprofesional)

El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es la retribución mínima fijada por norma para cualquier actividad por cuenta ajena en España, con independencia del…

El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es la retribución mínima fijada por norma para cualquier actividad por cuenta ajena en España, con independencia del sector y de la modalidad de contrato. Lo aprueba el Gobierno mediante real decreto, oídos los agentes sociales, y se publica anualmente.

Su impacto en la Seguridad Social es directo:

  1. Base mínima de cotización: en el Régimen General, ningún trabajador puede cotizar por una base inferior al SMI vigente, una vez incrementado en la sexta parte que añade la normativa de cotización para incluir la parte proporcional de pagas extras.
  2. Cotización del RETA: los rendimientos netos por debajo del SMI dan acceso a tramos reducidos de cotización en la nueva escala vigente desde 2023, con cuotas inferiores a las generales.
  3. Subsidios y prestaciones vinculadas a la actividad: muchas referencias normativas en materia laboral y de Seguridad Social parten del SMI, aunque para prestaciones se usa más comúnmente el IPREM.

Conviene distinguirlo del IPREM: el SMI es la retribución mínima del trabajador, mientras que el IPREM es la referencia para umbrales de acceso a prestaciones. La cuantía concreta del SMI vigente cada año figura en el real decreto correspondiente.

Ver también: IPREM, Base de cotización, Tarifa plana de autónomos, Régimen General.

Preguntas frecuentes

¿Quién aprueba el SMI cada año?

El Gobierno mediante real decreto, oídos los agentes sociales (sindicatos y organizaciones empresariales). La consulta a las mesas de diálogo social es preceptiva pero no vinculante: el Gobierno fija finalmente la cuantía. La cifra aprobada se publica en el BOE y aplica con carácter general a cualquier actividad por cuenta ajena, sin distinción de sector ni de modalidad de contrato. Periódicamente, los reales decretos del SMI se publican al inicio del año o con efecto retroactivo a 1 de enero cuando se acuerdan más tarde.

¿Cómo afecta el SMI a las cotizaciones a la Seguridad Social?

De forma directa. En el Régimen General, ningún trabajador puede cotizar por una base inferior al SMI vigente, una vez incrementado en la sexta parte que añade la normativa de cotización para incluir la parte proporcional de pagas extras. En el RETA, los rendimientos netos por debajo del SMI dan acceso a tramos reducidos de cotización en la escala vigente desde 2023, con cuotas inferiores a las generales. Subidas significativas del SMI desplazan así toda la estructura de bases mínimas, con impacto directo en las cuotas de la franja baja.

¿Qué diferencia hay entre el SMI y el IPREM?

Cumplen funciones distintas. El SMI es la retribución mínima legal del trabajador por cuenta ajena: regula el mercado laboral. El IPREM es la referencia que utiliza la Administración para fijar umbrales de acceso a prestaciones, ayudas y subvenciones: regula el sistema de protección social. La separación se hizo en 2004 precisamente para que las subidas del SMI no arrastrasen automáticamente los umbrales de prestaciones. Aunque ambos se actualizan anualmente, lo hacen por procesos distintos y con cifras diferentes: el IPREM no es un porcentaje fijo del SMI.