Cotizar 40 años es la situación más representativa de las carreras laborales completas en España. Con ese tiempo cotizado se alcanza el 100 % de la base reguladora si se ha cotizado de forma continuada y suficientemente cerca de los topes en la fase final de la vida laboral.
Qué supone:
- 100 % de la base reguladora: el periodo mínimo de carencia para acceder a la pensión está en torno a los 15 años; el 100 % se alcanza con bastantes más años cotizados, según la escala vigente de la Ley General de la Seguridad Social. Con 40 años cotizados el trabajador suele estar en el 100 %, salvo escala transitoria que en algunos años de la calendarización requiera ligeramente más.
- Edad legal estándar: 40 años cotizados no es, por sí solo, suficiente para mantener el acceso a la jubilación ordinaria a los 65 en algunos años del calendario transitorio iniciado con la reforma de 2011. La cifra exacta de "carrera larga" exigida cada año la fija la norma; por encima de los 40 años, la regla general es que se accede a los 65 en cualquier ejercicio.
- Jubilación anticipada con coeficientes intermedios: con 40 años cotizados los coeficientes reductores aplicables son intermedios dentro de la escala, mejores que los de carreras cortas pero no los más favorables (que se reservan a carreras de 44 años cotizados o más).
La cuantía final dependerá críticamente de las bases de cotización durante el periodo computable de la base reguladora: dos personas con 40 años cotizados pueden tener pensiones muy distintas si una cotizó cerca del tope y otra por bases mínimas durante años. Y como en cualquier carrera, la pensión está sometida al tope máximo.
Ver también: Escala de años cotizados, Porcentaje aplicable, Base reguladora, Pensión con 50 años cotizados.