El cómputo recíproco de cotizaciones es el mecanismo interno español por el que se suman los periodos cotizados en distintos regímenes de Seguridad Social para reconocer derecho a una pensión cuando, en cada uno de ellos por separado, no se alcanzaría el periodo mínimo exigido. Es la versión doméstica del principio que opera internacionalmente como totalización entre Estados.
Cómo funciona:
- Trabajador con cotizaciones en varios regímenes (Régimen General, RETA, Mar, Minería del Carbón, Clases Pasivas): si en cada uno por separado no llega a la carencia, se suman todos los periodos a efectos de acceder a la pensión.
- Pensión a cargo del régimen en que esté en alta en el momento del hecho causante o, si no está en ninguno, del último en que estuvo en alta. La pensión se calcula con las reglas de ese régimen, aplicando los criterios propios de cómputo recíproco.
- No genera doble pensión: con cómputo recíproco se reconoce una sola pensión, no varias. Si cada régimen por separado bastaba para causar pensión propia, la regla cambia: pueden abonarse pensiones de varios regímenes (jubilación general + jubilación de Clases Pasivas, por ejemplo), siempre dentro del tope de pensión máxima global.
- Bases: a efectos de cálculo de la base reguladora, las bases del régimen aplicable se utilizan según sus reglas; las bases de los otros regímenes pueden tomarse en su valor o referenciadas a las bases del régimen aplicable, según la normativa específica.
Este mecanismo es especialmente relevante para autónomos con etapas previas de trabajo por cuenta ajena y para funcionarios con etapas en empresa privada antes del ingreso en la función pública.
Ver también: Totalización internacional, Régimen General, RETA, Periodo de carencia.