La jubilación flexible es la modalidad que permite a un pensionista de jubilación ya reconocido volver a trabajar a tiempo parcial, manteniendo el cobro de una parte proporcional de su pensión. Su característica diferencial es que se accede después de haber empezado a cobrar la pensión: primero existe la jubilación, y solo después el pensionista decide compatibilizarla con un trabajo a tiempo parcial.
Mientras dura el contrato a tiempo parcial:
- La pensión se reduce en proporción a la jornada trabajada.
- El trabajador cotiza por la actividad que realiza.
- Cuando vuelve a la jubilación total, se recalcula la pensión teniendo en cuenta los nuevos periodos cotizados, lo que puede mejorar la cuantía final.
La jubilación flexible se diferencia de la jubilación parcial en el momento de acceso (en la parcial el trabajador nunca ha estado totalmente jubilado) y de la jubilación activa en la cuantía: en la activa, el pensionista mantiene un porcentaje fijado por ley de la pensión mientras trabaja, sin reducción proporcional; en la flexible, la pensión se reduce según la jornada.
Es una figura menos conocida y menos utilizada, pero está expresamente recogida en la Ley General de la Seguridad Social. Las condiciones concretas (porcentajes de jornada admitidos, efectos sobre cotización, recálculo posterior) están en la normativa vigente.
Ver también: Jubilación parcial, Jubilación activa, Jubilación ordinaria, Edad legal de jubilación.