Los coeficientes reductores para policía local son el régimen específico que permite a los miembros de los cuerpos de policía local de las entidades locales anticipar la edad legal de jubilación por la naturaleza penosa y peligrosa de la actividad. Están regulados en el Real Decreto 1449/2018, en línea con los reconocimientos previos a otros cuerpos de fuerzas y cuerpos de seguridad.
Sus rasgos principales:
- Ámbito: miembros del cuerpo de policía local de los municipios y entidades locales que tengan reconocido el cuerpo, en los términos previstos por la norma.
- Coeficiente y rebaja máxima: cada año efectivamente prestado en el cuerpo se computa con un coeficiente adicional a efectos del cálculo de la edad legal. El adelanto máximo de la edad de jubilación está limitado por la norma.
- Cotización adicional: el ayuntamiento empleador y el agente aplican un tipo de cotización incrementado durante la actividad, finalista, para sostener financieramente el adelanto. Esa cotización adicional no genera derechos adicionales sobre la cuantía de la pensión.
- Compatibilidad: el adelanto por coeficientes no reduce la cuantía y es compatible con el resto de modalidades de jubilación.
Los detalles operativos —antigüedad mínima exigida, condiciones de acceso, regulación transitoria— figuran en el propio Real Decreto y en sus normas concordantes.
Ver también: Coeficientes reductores: fuerzas y cuerpos de seguridad, Coeficientes reductores: bomberos, Edad legal de jubilación, Régimen General.