Los coeficientes reductores para fuerzas y cuerpos de seguridad son el conjunto de regímenes específicos que reconocen el adelanto de la edad legal de jubilación a los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, de la Guardia Civil, de la Ertzaintza, de los Mossos d'Esquadra, de la Policía Foral de Navarra y, en su caso, de los cuerpos de policía adscritos a las comunidades autónomas. Cada cuerpo tiene su propio real decreto, aprobados a lo largo de los años para reconocer la penosidad y peligrosidad de la actividad.
Características comunes a estos regímenes:
- Coeficientes específicos por cada año efectivamente prestado en activo dentro del cuerpo, con un adelanto máximo previsto en la norma.
- Cotización adicional finalista, asumida por la administración empleadora y por el funcionario, para sostener el coste del adelanto.
- No reducción de cuantía: el adelanto de la edad por coeficientes no implica aplicar coeficientes reductores sobre la pensión.
- Convivencia con Clases Pasivas: para el personal funcionario que no esté encuadrado en el Régimen General (especialmente, parte del personal de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía con derechos consolidados), el régimen aplicable puede ser el de Clases Pasivas, con sus reglas específicas.
Las condiciones particulares de acceso, antigüedad y aplicación práctica de cada cuerpo se recogen en los reales decretos específicos.
Ver también: Coeficientes reductores: policía local, Coeficientes reductores por actividad penosa, Edad legal de jubilación, Clases Pasivas.