Análisis macro

Brecha de género en pensiones

Cruce de las cuantías de pensión con la macro pertinente.

Actualizado 30 de abril de 2026

Lectura

La diferencia entre la pensión media de los hombres y la de las mujeres en España es persistente y de doble origen: una brecha de cuantía —los hombres cobran pensiones más altas que las mujeres— y una brecha de cobertura —algunas mujeres nunca llegan a la pensión contributiva por carreras laborales fragmentadas o ausentes—. Las dos componentes responden a causas distintas y se corrigen con instrumentos distintos.

La brecha de cuantía proviene, sobre todo, del histórico salarial sobre el que se calcula la base reguladora. Las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral reflejan diferencias en horas trabajadas, salario por hora y continuidad de carrera. La maternidad sigue siendo el principal punto de inflexión en la trayectoria de cotización femenina; los meses sin cotizar o con base reducida tras el nacimiento de un hijo se trasladan, dos décadas después, a una pensión de jubilación menor.

La brecha de cobertura se manifiesta en el peso desigual de la pensión de viudedad, que en España sigue siendo mayoritariamente cobrada por mujeres, y en la mayor incidencia de la pensión no contributiva entre la población femenina mayor sin carrera de cotización suficiente. La conjunción de ambas brechas explica que el ingreso medio por persona mayor sea inferior en mujeres aunque cobren con mayor frecuencia más de una prestación.

Sobre estos hechos el sistema español ha incorporado dos correcciones específicas. La primera es el complemento para reducir la brecha de género, regulado en el artículo 60 de la LGSS. Sustituyó al antiguo "complemento por maternidad" tras la sentencia del TJUE WA C-450/18 de 2019 y se aplica con criterios neutros respecto al sexo, aunque opera de hecho casi exclusivamente sobre pensiones de mujeres por la realidad demográfica de la maternidad. La cuantía mensual del complemento por hijo se actualiza cada año con el Real Decreto de revalorización; en 2026 está fijada en 36,90 €/mes por hijo, con un máximo de cuatro hijos, abonable en catorce pagas. La segunda corrección, complementaria, son las bonificaciones por cuidado de hijo aplicables al cómputo de cotización en determinados supuestos.

El indicador agregado más citado es el porcentaje de brecha, calculado como diferencia relativa entre la pensión media masculina y la femenina dentro de un mismo tipo (jubilación, en general). Esa cifra se publica desglosada en el informe mensual de la Seguridad Social. La carga del desglose por sexo en pensionde.org está prevista para una fase posterior del proyecto, cuando se complete el parsing del bloque "pensionistas por sexo" del Boletín de Estadísticas Laborales del MITES; mientras tanto la cifra puntual de brecha en porcentaje no se publica en esta página.

La edad media efectiva de jubilación de las mujeres se sitúa, según la Seguridad Social, en aproximadamente 65,8 años en 2024, ligeramente por encima de la masculina, en parte por el peso relativo de las jubilaciones a la edad legal frente a las anticipadas. Para una lectura cualitativa más detallada conviene leer la ficha edad efectiva de jubilación y la entrada pensión mínima.

Sobre los datos

El porcentaje exacto de brecha y la pensión media desglosada por sexo se incorporarán cuando se cargue el bloque correspondiente del informe mensual de la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la brecha de género en pensiones?

Es la diferencia relativa entre la pensión media de los hombres y la de las mujeres dentro de un mismo tipo de pensión, generalmente jubilación. Tiene dos componentes: una brecha de cuantía (los hombres cobran pensiones más altas) y una brecha de cobertura (algunas mujeres no llegan a la pensión contributiva por carreras laborales fragmentadas).

¿Qué es y a quién corresponde el complemento para reducir la brecha de género?

Es un complemento mensual regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. Sustituyó al antiguo complemento por maternidad tras la sentencia del TJUE en el asunto C-450/18. Se aplica sobre pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente con criterios neutros respecto al sexo, aunque por la realidad demográfica de la maternidad lo perciben mayoritariamente mujeres.

¿Cuál es la cuantía mensual del complemento por hijo en 2026?

Para 2026 está fijada en 36,90 €/mes por hijo, abonable en catorce pagas, con un máximo de cuatro hijos. La cuantía se actualiza cada año con el Real Decreto de revalorización de pensiones publicado en el BOE.

¿Por qué la pensión de viudedad la cobran mayoritariamente mujeres?

Por dos motivos combinados: la mayor esperanza de vida femenina, que hace que las mujeres sobrevivan a sus parejas con más frecuencia, y la diferencia histórica de edad en las parejas. La pensión de viudedad cubre así una mayor proporción de mujeres mayores, lo que compensa parcialmente la brecha de cuantía en jubilación dentro del ingreso total recibido a lo largo de la vida.